PREGUNTA.
¿Las unidades de hueco de puertas de madera deben llevar su
correspondiente Marcado CE?
En
relación con tu consulta sobre el marcado CE y su correspondiente Declaración
de Prestaciones para Unidades de Hueco de Puertas de Madera de Interior, al
no haberse aprobado todavía como norma armonizada (*) NO SE PUEDE EXIGIR SU
MARCADO CE.
La
relación de normas armonizadas vigentes y aprobadas se publican tanto en el
DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea) como en el BOE (Boletín Oficial del
Estado).
Parte
1: Ventanas y puertas peatonales exteriores sin características de resistencia
al fuego y/o control de humo.
Parte
2: Puertas peatonales de interior sin características de resistencia al fuego
y/o control de humo.
Parte
3: Puertas peatonales de interior y exterior con prestaciones especiales frente
al fuego y al humo.
Las partes 1 y 3 se han aprobado tanto como normas EN como normas armonizadas por lo que aparecen en la lista de normas armonizadas aprobadas y deben llevar marcado CE.
La
parte 2 que correspondería a puertas peatonales de interior, solamente se ha
aprobado como norma UNE EN 14351-2:2019 en 2019, pero no como norma armonizada
por lo que, como se comentaba anteriormente; no se puede exigir su marcado CE.
En esta situación se encuentran otra serie de productos afectados por el
Reglamento de Productos de Construcción sobre los cuales la Comisión Europea
todavía no ha tomado una decisión.
Espero que esta información te sea útil.
Para cualquier otra aclaración no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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