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lunes, 11 de noviembre de 2024

Normalización del bambú



PREGUNTA

El comité 56, según la página de las normas UNE, tiene varios campos de actividad y tiene relaciones internacionales con diferentes normas ISO, en el caso del bambú hace referencia a la ISO/TC 296 de bambú y ratán, pero tiene un * que indica que algunas de las TC corresponden a otros comités AEN/CTN pero no indica a cuales. Quisiéramos saber cuál o cuáles otras son las AEN/CTN que tienen el campo de actividad la normalización del bambú.

RESPUESTA.

Las aplicaciones del bambú están repartidas en dos comités de ISO. Por una parte están las aplicaciones estructurales que son las que primero se normalizaron y que están integradas en el WTG.12 ( grupo de trabajo) del ISO /TC 165 Estructuras de Madera.

Las normas producidas (o en progreso) de este grupo antes de mi jubilación eran las siguientes:

  • ISO 22156 Diseño estructural con bambú
  • ISO 22157 Determinación de las propiedades físicas y mecánicas del bambú con fines estructurales
  • ISO 5257 Composites de bambú. determinación de las propiedades físicas y mecánicas.
  • ISO 7567 Bambú laminado. Norma de producto.
  • ISO 19624 Clasificación estructural (resistente) del bambú.
  • ISO 22156 Calculo estructural con bambú
  • ISO 23478 Estructuras de bambú. Productos compuestos de bambú. Métodos de ensayo para la determinación de las propiedades físicas y mecánicas.

En España están ya adoptadas como normas nacionales (UNE ISO) las que están señaladas en rojo. Aunque no es un producto muy de nuestro interés, esto se puso en marcha por solicitud de una entidad que es la Asociación Ibérica del Bambú (que son miembros del CTN-56). 

Para los usos NO estructurales del Bambú se creó hace ya unos 10 años un comité ISO específico a instancias de China que lleva además la secretaría. Es el comité ISO /TC 296

Se trata de normas sobre productos de carpintería de bambú o productos elaborados con bambú. Las normas ya elaboradas o en proceso de este comité son las siguientes:

  • ISO 6128 Productos laminados de bambú para fabricación de mobiliario.
  • ISO 16830 Pajitas de bambú para bebidas.
  • ISO 21625 Terminología del bambú.
  • ISO XXX-YYY Carbón de bambú (creo que actualmente en proceso)
  • ISO XXX-ZZZ Composites de bambú para suelos de contenedores.  (creo que actualmente en proceso)
  • ISO 26624-1 Suelos de bambú. Parte 1 Interior (creo que actualmente en proceso)
  • ISO 26624-2 Suelos de bambú. Parte 2 Exterior (creo que actualmente en proceso)

Ninguna de estas normas es obligatoria adoptarla como norma nacional ni se ha solicitado por ninguna institución (al contrario de las tres normas de aplicación estructural que se han adoptado como normas nacionales (traducidas) voluntariamente).

A nivel europeo tenemos solo una norma que afecta al bambú pero que no lo hace directamente. Esta ya finalizada y traducida y adoptada y es la norma:

  • UNE-EN 17009 Revestimientos de suelo con materiales lignificados diferentes a la madera. Características. Evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones y marcado.


miércoles, 17 de julio de 2024

¿Resistirá una estructura antigua de madera aserrada? Comprobación de su clase resistente actual



PREGUNTA.

Buenas tardes. Estamos llevando a cabo las obras de Rehabilitación y Consolidación de Cubiertas y Fachadas de un Convento y necesitaríamos información sobre ensayos en madera para reutilizar. Concretamente necesitaríamos hacer ensayos de flexotracción, así como una estimación visual de la resistencia de la madera existente (C18, C20, etc.). Muchas gracias. Un saludo.

RESPUESTA.

De acuerdo con el Reglamento Europeo de Productos de Construcción la madera aserrada estructural (MAE) debe disponer de forma obligatoria de su correspondiente marcado CE en su caso para la clase resistente que le corresponda (por ejemplo C18).

1.- En relación con la reutilización de piezas

Al no disponer de marcado CE no se pueden utilizar (no se dispone de una norma aprobada para la clasificación específica de este tipo de piezas, por lo que no se puede realizar la comprobación de la clase visual resistente).

En el caso de que estuvieran interesados se podrían realizar “Ensayo de resistencia a flexión para determinar la resistencia a flexión y módulo de elasticidad en flexión” (*) del número de vigas que consideren. Dichos valores NO permitirán caracterizar el material conforme a norma ya que no cumplirían con el protocolo establecido (representatividad y número mínimo de ensayos requeridos) en la norma europea de caracterización.

2.- En el caso de que compren MAE con marcado CE

  • Si se decidieran por esta alternativa, y en el caso de estuvieran interesados, podríamos:
  • Comprobar dicho marcado y su correspondiente Declaración de Prestaciones.
  • Realizar una comprobación de la Clasificación Visual Resistente de un determinado número de piezas (*)

 (*) La clasificación visual NO permitiría asignar clase resistente a un lote, sería una comprobación de la clasificación de la muestra recibida o inspeccionada. La clasificación se realizaría en obra sobre una muestra de piezas o en nuestros laboratorios (en este caso el solicitante se haría cargo del envío de las muestras, que deberán llegar codificadas).


lunes, 25 de marzo de 2024

¿Qué holguras son admisibles en puertas de entrada a piso?



PREGUNTA.  Somos una constructora. Hay varios vecinos que se están quejando de que cuando tienen la puerta de acceso a la vivienda cerrada, ven separación entre el marco y la hoja ya que ven la luz del descansillo, nosotros creemos que las puertas están bien colocadas ya que entendemos que no deben ser herméticas, pero me gustaría apoyarme en alguna norma o nota técnica para argumentar la respuesta.

RESPUESTA. Buenas tardes. Solo podemos remitirles a la norma UNE 56890 “de puertas de interior” apartado 9.2.4. Comprobaciones de geometría. 
Efectivamente se refiere a puertas de interior. Para “puertas de acceso a viviendas” no hay nada pero ésta al menos es una referencia.

lunes, 18 de marzo de 2024

Defectos admisibles en puertas de madera de interior



PREGUNTA. Tenemos 3 tiendas e instalamos sobre todo puertas de interior, blindadas y acorazadas. Queria saber si existe alguna norma UNE o de cualquier tipo en la que se detallen qué defectos son admisibles en las puertas interiores y cuales no, al igual que pasa con los cristales, que si tienen descritos procedimientos como por ejemplo la distancia desde la que hay que mirar el cristal, la luz, el tamaño del defecto…etc. Tenemos casos de reclamaciones exageradamente exigentes y estamos muchas veces indefensos ante las reclamaciones de clientes que a veces utilizan focos, fotos ampliadas o criterios totalmente subjetivos e infundados, que pueden acabar en reclamaciones en consumo o incluso en juzgados.

RESPUESTA. En la norma recientemente editada UNE 56890 de instalación de puertas de madera, hay al final unos apartados sobre defectos admisibles de acabado (muy poca cosa y poco definido o subjetivo sin concreción) y sobre la forma de hacer la inspección que parece que es lo que les interesa y que eso si que está más definido.

miércoles, 13 de marzo de 2024

PREGUNTA

Contacté con AENOR para hacerles una consulta sobre una norma y me han derivado a ustedes como secretaría del CTN-UNE 56.

La duda es respecto a la UNE-EN 13986:2006+A1:2015 “Tableros derivados de la madera para utilización en la construcción. Características, evaluación de la conformidad y marcado.”

En el punto 3.8.8 Se define el tablero recubierto como: Tablero derivado de la madera recubierto con una o más láminas o películas, por ejemplo, papel impregnado, plásticos, película de resina, metal.

Mi duda es, si un tablero de MDF (o de otro tipo) recubierto de textiles o cuero directamente pegado en el tablero o con capas de espumas de relleno intermedias (parecido a la imagen que os adjunto) con uso decorativo en interiores, y éste ocupa una parte considerable de la pared de una estancia (no es un cabecero o una sección de la pared) ¿Cumpliría con esta definición? Es decir ¿Debería llevar marcado CE? Y a que, si cumple con la definición, sería abarcado por la norma, obligándole al marcado CE.


RESPUESTA.

Creemos que de ninguna manera la norma UNE-EN 13986 (la armonizada de tableros) sería aplicable a este tipo de recubrimientos

.

viernes, 1 de marzo de 2024

Crujidos en una tarima multicapa



PREGUNTA. 

Adquirimos una obra nueva hace unos dos años, y el pavimento de madera es parquet multicapa, con capa noble de 2,5 mm, e instalación flotante.

El parquet, desde su instalación tiene unos crujidos que afectan seriamente al confort de la vivienda, y uno de los motivos es el incumplimiento de planimetría de la solera. Con el paso del tiempo estos crujidos se han acrecentado. La constructora y promotora proponen encolar parte del machihembrado, sin desmontar el parquet ya instalado de modo flotante y sin encolar. Esto es, encolar solo en las zonas que cruje, empleando unas ventosas para forzar una mínima apertura entre lamas, y aplicar un cordón de cola. Este método lo emplean incluso en aquellas zonas donde existe incumplimiento de la planimetría.

Según el fabricante del parquet, en su manual de instalación indica: "Encolado de las lamas. En el caso de productos para colocación machihembrada encolada las tablas deben encolarse en todo su perímetro (testas y cantos)" y, obviamente, ello conlleva desmontar y montar de nuevo el parquet. En este sentido, la norma UNE 56810 también indica: "En la colocación de parquet multicapa machihembrado encolado las lamas deben encolarse en todo su perímetro (testas y cantos). El adhesivo debe aplicarse siempre en la ranura (en su cara superior)."

Entiendo que atendiendo a la norma y al manual del fabricante, tengo motivos de peso para poder negarme a tal intervención, y exigir: 1) cumplimiento planimetría, 2) si desean encolar, que desmonten y lo hagan según el manual del fabricante y la normativa vigente.


RESPUESTA. 

La técnica de levantar el parquet en las zonas que hace ruido y volver a colocar encolando por los cantos es la que se aplica normalmente pero no se puede asegurar la solución total del problema (ausencia completa de ruidos) o al menos no se puede asegurar a largo plazo (se vuelven a reproducir).

Si la causa es una falta de planimetría de la solera (que a veces pasa) la solución correcta es levantar la zona y nivelar con una pasta niveladora y volver a recolocar, pero si el problema es del producto (que es el más habitual) tampoco se va a solucionar. No quiero hablar de marcas porque nosotros no podemos ni debemos hacerlo, pero hay un importante fabricante nacional que tiene este problema de forma casi recurrente o sistemática y es del producto. En ese caso no se va a solucionar aunque nivelen y la recolocación encolada tampoco garantiza al 100 x 100 la solución del problema.

Respecto a las indicaciones de la norma NO son aplicables a este caso, son solo aplicables a los productos de colocación encolada DE ORIGEN, es decir a los que están concebidos para instalarse así, que además actualmente es rarísimo. El propietario esta en su derecho de no aceptar la solución, pero no ya por lo que diga la norma, sino porque según las instrucciones del fabricante el producto se puede colocar sin encolado.

martes, 5 de diciembre de 2023

Ensayos posibles ante un lacado blanco que ha cambiado de color



PREGUNTA.

Somos un laboratorio de ensayo. Necesitaríamos saber si hay posibilidad de realizar algún ensayo o prueba a unas puertas de paso lacadas en blanco que en un año se han amarilleado. Hay una gran diferencia de tonalidad entre la hoja y el marco.

Es una obra de reciente construcción en la costa atlántica en zona de playa.

RESPUESTA.

En relación con su consulta paso a comentarle los siguientes aspectos.

En muebles de cocina existe un ensayo denominado de Resistencia del color a la luz especialmente orientado a evaluar el viraje de color de los acabados lacados. El ensayo se realiza según el apartado 4.8.1 de la norma UNE 56875. Básicamente consiste en introducir en una cámara con una lampara especial (cámara de xenón) una pequeña muestra y someterla a la luz de dicha lampara, que reproduce en pocas horas de exposición el viraje de color que se produce en años de exposición a la luz natural. El viraje se califica con patrones en una escala de hasta 5 grados (1 a 5) siendo 1 el peor y 5 el mejor. La especificación mínima es de calificación 4 para el mobiliario de uso general y 5 para el mobiliario de uso intenso. En principio no habría ninguna dificultad para aplicar este ensayo a una muestra de puerta.

En cuanto a puertas actualmente existe un borrador de norma de instalación que incluye una especificación diferente que le transcribo a continuación:

9.4.2 Acabados lacados

Las puertas lacadas son especialmente sensibles a los golpes y arañazos. Deben ser objeto de especial protección en el trasporte, acopio en obra y montaje por la especial dificultad de las reparaciones en obra.

9.4.3 Diferencias de color entre elementos (acabados lacados y acabados con materiales sintéticos)

Se admiten diferencias de color DE* de hasta un punto entre distintos elementos de una misma partida, entre distintas partes de una misma unidad de hueco (por ejemplo, hoja y jambas), o entre distintas zonas de un mismo elemento de la unidad de hueco (por ejemplo, entre las dos caras de una hoja o entre la parte superior y la inferior.

En caso de conflicto las diferencias de color se deben medir con un colorímetro calibrado con una incertidumbre expandida menor o igual a ± 0,35.

Esta especificación se encuentra en el borrador de la norma PNE 56890 “(Unidad de hueco de puerta. Instalación. Especificaciones) cuya publicación es inminente. En este caso la especificación sirve para medir diferencias de color entre puertas de una misma partida, es decir no se establece un viraje de color determinado sino que no haya diferencias grandes de color entre puertas de una misma partida. Las diferencias de color se miden con un equipo (colorímetro) diferente e la cámara de xenón.

 En el laboratorio AIDIMME pueden seguramente realizar cualquiera de ambas mediciones. 


martes, 14 de noviembre de 2023

A un instalador de composites para exterior le piden el DAP


 

PREGUNTA. 

Soy instalador de suelos y revestimientos de madera y composites. Os escribo para consultarte acerca del certificado EPD EN-15804.

Me comentan que en otros países ya es exigible y no sé si en España esta en vigor, es obligatorio o que consideraciones tiene. Tampoco a que productos es aplicable si al producto principal o también a los accesorios.

¿Hay alguna bibliografía que pueda consultar sobre esto?

RESPUESTA.

Buenas tardes. Lo que te están pidiendo es lo que se llama una Declaración Ambiental de Producto (DAP) de acuerdo con la norma de referencia que establece las reglas para las declaraciones ambientales de los productos de construcción. (existen otras normas para las DAP de otros sectores productivos).

Una DAP en el sector de la construcción es un documento donde se reflejan los impactos ambientales a la atmósfera, al suelo y al agua que tiene la fabricación de un producto desde la “cuna” hasta la “tumba”, es decir hasta sus fases finales de reutilización, reciclaje o destrucción.

Los impactos más comunes son el CO2, el consumo energético total, el consumo energético no renovable y renovable, el potencial de acidificación de eutrofización, de destrucción de la capa de ozono etc. etc. Cada impacto se mide con unidades propias.

Para llegar a obtener una DAP de un producto de construcción hay que realizar un enorme trabajo de consultoría mediante lo que se llama un Análisis del Ciclo de Vida del producto. Se trata de un trabajo de consultoría muy especializado que no se puede improvisar de un día para otro. Como este trabajo es tan grande y caro, en algunos sectores productivos realizan DAPS sectoriales (como por ejemplo hizo el sector del hormigón hace unos años).

Si quieres hacer algo en esta línea no te aconsejaría que lo abordes por tu cuenta sino que consultes con alguna empresa especializada de consultoría (hay muchas).

Si quieres profundizar más en lo que es una DAP consulta el Google, Declaración Ambiental de Producto y veras que hay bastante información.

A un instalador de composites le piden el certificado EPD EN-15804


 

PREGUNTA. 

Os escribo para consultare acerca del certificado EPD EN-15804.

Me comentan que en otros países ya es exigible y no se si en España esta en vigor, es obligatorio o que consideraciones tiene. Tampoco a que productos es aplicable si al producto principal o también a los accesorios.

¿Hay alguna bibliografía que pueda consultar sobre esto?

RESPUESTA.

Buenas tardes. Lo que te están pidiendo es lo que se llama una Declaración Ambiental de Producto (DAP) de acuerdo con la norma de referencia que establece las reglas para las declaraciones ambientales de los productos de construcción. (existen otras normas para las DAP de otros sectores productivos).

Una DAP en el sector de la construcción es un documento donde se reflejan los impactos ambientales a la atmósfera, al suelo y al agua que tiene la fabricación de un producto desde la “cuna” hasta la “tumba”, es decir hasta sus fases finales de reutilización, reciclaje o destrucción.

Los impactos más comunes son el CO2, el consumo energético total, el consumo energético no renovable y renovable, el potencial de acidificación de eutrofización, de destrucción de la capa de ozono etc. etc. Cada impacto se mide con unidades propias.

Para llegar a obtener una DAP de un producto de construcción hay que realizar un enorme trabajo de consultoría mediante lo que se llama un Análisis del Ciclo de Vida del producto. Se trata de un trabajo de consultoría muy especializado que no se puede improvisar de un día para otro. Como este trabajo es tan grande y caro, en algunos sectores productivos realizan DAPS sectoriales (como por ejemplo hizo el sector del hormigón hace unos años).

Si quieres hacer algo en esta línea no te aconsejaría que lo abordes por tu cuenta sino que consultes con alguna empresa especializada de consultoría (hay muchas).

Si quieres profundizar más en lo que es una DAP consulta el Google, Declaración Ambiental de Producto y veras que hay bastante información.


lunes, 13 de noviembre de 2023

Resistencia a la efracción de puerta de entrada a piso



PREGUNTA. 

Somos fabricantes de puertas. Un cliente nos solicita el siguiente certificado para mi puerta de entrada blindada: Certificado grado 3 efracción para puerta blindada. UNE EN 1627 (Puertas peatonales, ventanas, fachadas ligeras, rejas y persianas. Resistencia a la efracción. Requisitos y clasificación).

¿Sabes si nuestra puerta cumpliría con esta certificación? Te paso dibujo de la composición:

¿Tendríamos que realizar ensayo y certificarlo en laboratorio?

¿Este certificado se exige para una puerta de entrada blindada para entrada de piso interior?

RESPUESTA.

La resistencia a la efracción o resistencia al forzamiento es un sistema de clasificación de las Unidades de Hueco de Puerta con características mejoradas de resistencia (lo que en el mercado se denomina como puertas reforzadas, acorazadas, blindadas etc.). Este sistema incluye 5 grados de los cuales el 1 es el más básico y el 5 el más “duro”. Esta clasificación se consigue pasando una serie de ensayos de los cuales el más importante es el que se realiza con herramientas manuales.

Una Hoja de puerta por si misma no puede tener una calificación porque la resistencia del hueco completo depende (como en el caso de cualquier puerta con propiedades especiales resistentes al fuego, térmicas, acústicas etc) del conjunto de hoja, + cerco + herrajes + instalación.

PREGUNTA.

Le comenté nuestra conversación a nuestro gerente y a nuestro comercial, y me han pedido, que si sobre ese estudio que me comentastes si existe algún artículo publicado. 

RESPUESTA.

Se trata de un estudio muy antiguo realizado por la OCU hace más de 15 años. Las conclusiones solo se publicaron de forma muy genérica en un artículo de su revista, pero no se publicaron datos técnicos sobre las estructuras de puerta ensayadas, los detalles particulares de los ensayos o prestaciones o características de las puertas ensayadas u otros aspectos técnicos que me imagino que es lo que sería interesante para vosotros.

De todas formas voy a tratar de contactar con la OCU con el que hablamos del asunto a ver si fuera posible al menos recuperar la revista o el artículo.

lunes, 6 de noviembre de 2023

Norma de holguras en las puertas



PREGUNTA. 

Soy aparejador. Necesito saber si existe alguna norma que establezca la holgura máxima que debe existir en una puerta de entradada a vivienda. No es una puerta RF, es una puerta de madera maciza (DM con una chapa y cerco de DM acabado roble. Gracias.


RESPUESTA.

Buenas tardes. En relación con su consulta le indico a continuación información al respecto.

Las medidas del hueco de puerta que se indican en la norma UNE 56802 “Unidad de hueco de puerta de madera. Medidas y tolerancias”.

 La anchura del hueco entre galces del cerco será la correspondiente al ancho nominal de la hoja + 3 mm

  • La altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo será igual a la altura de la hoja + 4 mm

 Tolerancias:

  • Sobre la anchura del hueco se admite una tolerancia de ± 1 mm y sobre la altura del hueco se admite una tolerancia de ± 2 mm

Ejemplo:

Si las medidas nominales de la hoja son de 2030 mm de altura y 725 mm de anchura, las medidas del hueco deben ser:

  • Anchura= (725 + 3) ± 1 mm, es decir debe estar comprendida entre 727 y 729 mm
  • Altura = (2030 + 4) ± 2 mm, es decir debe estar comprendida entre 2032 y 2036 mm

Es decir, en el mejor de los casos tendríamos un total de 6 mm para “jugar” con la altura del hueco y de 4 mm para jugar con la anchura del hueco.

Una vez montada la hoja no hay establecida una tolerancia para la holgura respecto al suelo y los 6 mm podrían repartirse de diversas formas:

a) 2 mm arriba y 4 mm abajo (lo más lógico)

b) 3 mm arriba y 3 mm abajo

c) 5 mm arriba y 1 mm abajo (muy raro pero dentro de lo posible y dentro de norma)

etc...

Lo normal es que la holgura se reparta de forma que siempre haya más abajo que arriba.

miércoles, 25 de octubre de 2023

Garantías para un parquet multicapa

PREGUNTA. 

Hola. Somos fabricantes de tarima multicapa. No sé si tenéis algún documento redactado sobre Garantías. Tenemos verdaderos problemas con esto. Hemos diseñado este modelo concreto pero nos piden la garantía y nos cuentan que si tal fabricante da 25 años…. Por más que intento explicar que es una garantía comercial… y que la válida es a legal… no hay manera ¿Tenéis algo que hable de esto?


RESPUESTA.

AITIM nunca ha redactado documentos de este tipo sobre la base de que se trata de una cuestión comercial más que técnica y además muy particular de cada fabricante.

Es verdad lo que comentas de esas garantías absurdas de 25 años para un parquet multicapa que nadie se puede creer, empezando por el consumidor que debería ser un poco más escéptico con este tipo de afirmaciones. Se ve que debió empezar algún fabricante (hace ya muchos años) y todos le siguieron.

Evidentemente que un parquet multicapa incluso con un uso normal y cuidadoso no puede durar 25 años y además no está pensado para esa duración. Originariamente surgió en los Países Nórdicos como un pavimento de “reposición” (ni siquiera de rehabilitación) para quitar al cabo de unos años (por ejemplo 10/12) como el que retira una moqueta. Otra cosa es que excepcionalmente una multicapa muy bien cuidado pueda durar bastante tiempo. Si te lees las garantías con detenimiento haría falta prácticamente “levitar” sobre el parquet para no anular la garantía.

En España, cuando empezó a comercializarse allá por los años 70s 80s el mercado del parquet español estaba acostumbrado a cosas duraderas, y no se podía plantear la introducción de un nuevo producto diciéndole a los consumidores que su duración era de 10/12 años. Además, inicialmente el precio era incluso más caro que un parquet macizo. Por esta razón empezó también a rehabilitarse (cuando no estaba pensado para ello) haciéndole lijados someros y rebarnizado con barnices y lijadoras especiales. Los argumentos de venta eran otros: mejor acabado superficial (al hacerse en fábrica), colocación más fácil y sin adhesivos y por tanto más rápida, lamas muy grandes y vistosas con múltiples diseños etc.

La única garantía obligatoria exigible es la que marca el CTE.


lunes, 23 de octubre de 2023

Ensayo de barniz ignífugo para mejorar la reacción al fuego de un tablero contrachapado



PREGUNTA. 

Somos un estudio de arquitectura. Quería consultarles sobre la idoneidad de un ensayo (de aplicación de barniz) para determinar la clasificación de reacción a fuego de un tablero de chopo.

Necesitamos que cumpla C s2 d0. El tablero de chopo es D s2 d0.

El instalador nos he presentado un certificado de ensayo realizado sobre un tablero de clasificación a fuego superior al que se va a instalar.

El resultado es que el barniz proporciona una clasificación B s1 d0.

¿Se puede considerar que este barniz proporcionaría a nuestro tablero D s2 d0 una clasificación B s1 d0? ¿Es válido el ensayo?

Adjunto fichas técnicas del tablero y del barniz.

El ensayo está realizado por una empresa italiana. ¿Sería válido para justificar la reacción a fuego en España? Muchas gracias.


RESPUESTA.

En primer lugar comentarte que los tableros con reacción al fuego mejorada que se utilicen en la construcción de acuerdo con el Reglamento Europeo de Construcción deben llevar el marcado CE.

Para saber la euroclase de reacción al fuego es necesario ensayar el tablero al que se ha aplicado el barniz de acuerdo con la norma armonizada EN 13986. En el marcado CE no se puede trasladar directamente el valor de ensayo que indica el fabricante del barniz a cualquier tipo de soporte.

En tu correo indicas:

El instalador nos he presentado un certificado de ensayo realizado sobre un tablero de clasificación a fuego superior al que se va a instalar. Se supone que ese tablero tendría el marcado CE. El certificado de ensayo que indicas creo que no tendría mucho valor a efectos del marcado CE.

¿Se puede considerar que este barniz proporcionaría a nuestro tablero D s2 d0 una clasificación B s1 d0? ¿Es válido el ensayo?. En nuestra opinión no se podría trasladar ese resultado a vuestro tablero.

En todo caso debes trasladar tu consulta a https://consultas.codigotecnico.org, que es el organismo competente en estos temas.

Espero que esta información te sea útil.


Consulta de un arquitecto sobre barniz "ignífugo" sobre un tablero de chopo

PREGUNTA: 

Necesitaría consultarles sobre la idoneidad de un ensayo (de aplicación de barniz) para determinar la clasificación de reacción a fuego de un tablero de chopo.

Necesitamos que cumpla C s2 d0. El tablero de chopo es D s2 d0.

El instalador nos he presentado un certificado de ensayo realizado sobre un tablero de clasificación a fuego superior al que se va a instalar.

El resultado es que el barniz proporciona una clasificación B s1 d0.

¿Se puede considerar que este barniz proporcionaría a nuestro tablero D s2 d0 una clasificación B s1 d0? ¿Es válido el ensayo?

Adjunto fichas técnicas del tablero y del barniz.

El ensayo está realizado por una empresa italiana. ¿Sería válido para justificar la reacción a fuego en España?


RESPUESTA:

En primer lugar comentarte que los tableros con reacción al fuego mejorada que se utilicen en la construcción de acuerdo con el Reglamento Europeo de Construcción deben llevar el marcado CE.

Para saber la euroclase de reacción al fuego es necesario ensayar el tablero al que se ha aplicado el barniz de acuerdo con la norma armonizada EN 13986. En el marcado CE no se puede trasladar directamente el valor de ensayo que indica el fabricante del barniz a cualquier tipo de soporte.

 

En tu correo indicas:

El instalador nos he presentado un certificado de ensayo realizado sobre un tablero de clasificación a fuego superior al que se va a instalar. Se supone que ese tablero tendría el marcado CE. El certificado de ensayo que indicas creo que no tendría mucho valor a efectos del marcado CE.

¿Se puede considerar que este barniz proporcionaría a nuestro tablero D s2 d0 una clasificación B s1 d0? ¿Es válido el ensayo?. En nuestra opinión no se podría trasladar ese resultado a vuestro tablero.

 

En todo caso debes trasladar tu consulta a https://consultas.codigotecnico.org, que es el organismo competente en estos temas.

jueves, 5 de octubre de 2023

NORMATIVA CE / PUERTAS PASO - HUECOS PASO

PREGUNTA.

Ruego si me pueden confirmar lo expresado en el artículo de fecha 13/05/2011 tal y como consta en la web de Aitim que las puertas de paso así como los blocs-puerta de interiores, y que no requieren características de resistencia al fuego todavía NO es exigible el marcado CE.

El artículo en cuestión se titula ACLARACIONES RELATIVAS AL MARCADO CE, SELLOS DE CALIDAD, VOLUNTARIOS Y OTRAS CERTIFICACIONES DE PUERTAS DE MADERA

En la parte 2, relativa a Puertas Interiores y parte 3, relativa a Puertas Resistentes al Fuego todavía están en fase de preparación por lo que TODAVÍA NO ES EXIGIBLE EL MARCADO CE PARA LAS UNIDADES DE HUECO DE PUERTAS INTERIORES Y RESISTENTES AL FUEGO. Las propiedades que se exigirán son las que indique su futura norma armonizada.

Muchas gracias de antemano por su respuesta.


RESPUESTA.

Actualmente no se puede aplicar (ni se puede pedir) el marcado CE a las hojas de puerta ni a las unidades de hueco (completas) de puerta. Aunque el escrito al que vd hace referencia es muy antiguo, el asunto no ha cambiado esencialmente. El motivo es que para que se pueda aplicar el marcado CE, la norma correspondiente (en este caso la UNE-EN 14351-2) tiene que haber sido publicada en el DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea) y la publicación de esta norma (junto con la de otros muchos productos de construcción) ha sido paralizada por la Comisión Europea por razones que son un poco complejas de explicar en un correo.

En resumen, la situación del marcado CE de puertas (no solo en España sino en todos los países de la UE) es como se indica a continuación:

  • La norma que sirve de base para el marcado CE de puertas (UNE-EN 14351-2) esta publicada desde el año 2019.
  • La publicación o citación de esta norma en el DOUE (junto con otras muchas de productos de construcción) esta paralizada por la Comisión Europea
  • Mientras una norma de marcado CE no se publica en el DOUE no puede utilizarse para el marcado CE, ni por tanto se le puede pedir el mismo a dicho producto.
  • En consecuencia, actualmente (y al parecer va para largo) no se puede hacer (ni pedir) el marcado CE de puertas.

viernes, 15 de septiembre de 2023

Holguras permitidas en puertas de interior

PREGUNTA. 

Somos fabricantes de puertas de madera y tenemos una reclamación por exceso de holguras en puertas instaladas ¿Nos podrían confirmar cuáles son por norma? Gracias.

RESPUESTA.

desde el punto de vista normativo el asunto de las holguras entre cerco y hoja.

Medidas del hueco de puerta que se indican en la norma “UNE 56802. Unidad de hueco medidas y tolerancias”.

- La anchura del hueco entre galces del cerco será la correspondiente al ancho nominal de la hoja + 3 mm

- La altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo será igual a la altura de la hoja + 4 mm

Tolerancias:

- Sobre la anchura del hueco se admite una tolerancia de ± 1 mm y sobre la altura del hueco se admite una tolerancia de ± 2 mm

Ejemplo:

Si las medidas nominales de la hoja son de 2030 mm de altura y 725 mm de anchura, las medidas del hueco deben ser:

- Anchura= (725+3) ± 1 mm, es decir debe estar comprendida entre 727 y 729 mm

- Altura = (2030+4) ± 2 mm, es decir debe estar comprendida entre 2032 y 2036 mm

Es decir, en el mejor de los casos tendríamos un total de 6 mm para “jugar” con la altura del hueco y de 4 mm para jugar con la anchura del hueco.

Una vez montada la hoja no hay establecida una tolerancia para la holgura respecto al suelo y los 6 mm podrían repartirse de diversas formas:

a) 2 mm arriba y 4 mm abajo (lo más lógico)

b) 3 mm arriba y 3 mm abajo

c) 5 mm arriba y 1 mm abajo (muy raro pero dentro de lo posible y dentro de norma)

etc...

Lo normal es que la holgura se reparta de forma que siempre haya más abajo que arriba.


Holguras aceptables entre una hoja de puerta y el cerco

PREGUNTA. Últimamente llegan consultas sobre las holguras tolerables entre hoja y cerco de puertas instaladas como hueco completo completo prefabricado (lo que en la normativa se denomina Unidad de hueco).



RESPUESTA. Desde el punto de vista normativo las holguras entre cerco y hoja vienen determinadas en la norma.

Medidas del hueco de puerta que se indican en la norma “UNE 56802. Unidad de hueco medidas y tolerancias”.

-        La anchura del hueco entre galces del cerco será la correspondiente al ancho nominal de la hoja + 3 mm

-        La altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo será igual a la altura de la hoja + 4 mm

Tolerancias:

-        Sobre la anchura del hueco se admite una tolerancia de ± 1 mm y sobre la altura del hueco se admite una tolerancia de ± 2 mm

Ejemplo:

Si las medidas nominales de la hoja son de 2030 mm de altura y 725 mm de anchura, las medidas del hueco deben ser:

-        Anchura= (725+3) ± 1 mm, es decir debe estar comprendida entre 727 y 729 mm

-        Altura = (2030+4) ± 2 mm, es decir debe estar comprendida entre 2032 y 2036 mm

Es decir, en el mejor de los casos tendríamos un total de 6 mm para “jugar” con la altura del hueco y de 4 mm para jugar con la anchura del hueco.

Una vez montada la hoja no hay establecida una tolerancia para la holgura respecto al suelo y los 6 mm podrían repartirse de diversas formas:

a) 2 mm arriba y 4 mm abajo (lo más lógico)

b) 3 mm arriba y 3 mm abajo

c) 5 mm arriba y 1 mm abajo (muy raro pero dentro de lo posible y dentro de norma)

etc...

Lo normal es que la holgura se reparta de forma que siempre haya más abajo que arriba.

lunes, 11 de septiembre de 2023

Problemas en una tarima de una vivienda de super-lujo



PREGUNTA.

Me pongo en contacto con vosotros para ver la posibilidad de que me asesoren sobre la tarima de una vivienda de super lujo en una urbanización a las afueras de Madrid.

Yo no he intervenido durante su ejecución. La obra está terminada y yo me encargo de coordinar los trabajos para ultimar y solucionar los últimos problemas existentes en la vivienda.

Se han detectado, tras su finalización, algunos problemas con la tarima: una zona se ha tenido que levantar y sustituir por otra nueva. En otras zonas se ha vuelto a lijar.

El resultado final de estas reparaciones es que en algunas zonas no resulta a "simple vista" convincente para la propiedad. Parece que algunas tablas tienen cierta deformación transversal ("abarquillado"), y otras no parecen estar perfectamente fijadas a los rastreles. Pero resulta muy complicado, establecer si es admisible o no (sobre todo teniendo en cuenta que en este tipo de vivienda, la exigencia es máxima).

Antes de dar un Ok definitivo a la constructora (sobre la instalación de toda la tarima) necesitamos un ensayo e informe especializado, que indique si la tarima está correcta y en perfecto estado (cumpliendo con todas las prescripciones de montaje sin superar los límites admisibles de deformaciones, planeidad, etc., que se marquen en las diferentes normativas).

Si ustedes mismos pueden pasar una oferta de honorarios para realizar los ensayos pertinentes, acompañados de un informe, que determinen la idoneidad de la tarima en toda la vivienda.

En el caso, de que ustedes no puedan hacerlo si me pueden poner en contacto con la empresa o técnico correrspondiente.


RESPUESTA.

Buenas tardes. He leído atentamente su correo y las explicaciones correspondientes. Existen algunos aspectos (por ejemplo, sobre la curvatura admisible de las tablas) que están recogidos en una norma de instalación de parquet y por tanto no caben subjetividades, se trata de medir el abarquillado y decir si cumple o no la especificación de la norma. Respecto a la posibilidad de que algunas tablas o alguna zona o zonas concretas de la instalación presenten tablas mal clavadas puede tratarse de un problema de colocación (muy raro) o más probablemente de un problema de comportamiento posterior del entarimado cuyas causas habría que determinar (si es posible) o en todo caso reflejar adecuadamente en un peritaje. Nosotros realizamos con frecuencia este tipo de actuaciones. En el caso de que sea de su interés le enviaríamos previamente un presupuesto formal que deberían devolvernos firmado y aceptado. Si dispone de algún tipo de material fotográfico que evidencie el problema sería de bastante utilidad para valorar previamente el problema. Asimismo, si dispone de documentación técnica (fichas técnicas del parquet, de otros productos, albaranes o facturas etc.).

 


miércoles, 12 de julio de 2023

Holguras y "pasos de luz" en puertas de interior (de nuevo)

PREGUNTA.

Hola. Como sabéis, somos asociados vuestros y disponemos del sello de calidad de puertas. Un cliente nuestro dice que hay una norma que indica el paso de luz permitido por la unidad de hueco y que nos va a denunciar.

 Concretamente ya le hemos trasladado lo que nos pasasteis en un anterior informe. Concretamente las tolerancias que se marcan en la norma UNE 56802 (Unidad de hueco medidas y tolerancias)

  • La anchura del hueco entre galces del cerco será la correspondiente al ancho nominal de la hoja + 3 mm
  • La altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo será igual a la altura de la hoja + 4 mm
  • Sobre la anchura del hueco se admite una tolerancia de ± 1 mm y sobre la altura del hueco se admite una tolerancia de ± 2 mm

 Por ejemplo: si las medidas nominales de la hoja son de 2110 mm de anchura y 825 mm de anchura, las medidas del hueco deben ser:

  • Anchura= (825+3) ± 1 mm, es decir debe estar comprendida entre 827 y 829 mm
  • Altura = (2110+4) ± 2 mm, es decir debe estar comprendida entre 2112 y 2116 mm

Una vez montada la hoja NO hay establecida una tolerancia de la holgura entre testero inferior de la hoja y el suelo, ni entre el testero superior de la hoja y el cerco. Es decir, puede quedar 1 mm de holgura arriba y 3 abajo, 2 arriba y 2 abajo, o 3 mm arriba y 1 abajo, aunque lo normal lógicamente es dejar más holgura siempre que sea posible abajo.

¿Qué más podemos decirle?


RESPUESTA.

El concepto de “paso de luz” no existe en la normativa. Desconocemos si hay otro tipo de normativa donde se diga.

Lo que existe en nuestras normas es lo que está comentado en consultas enteriores y no hay más. No está establecida la holgura inferior ni la superior entre cerco y hoja, aunque lo normal es ajustar las puertas de forma que siempre quede algo más de holgura en el canto inferior que es donde más se necesita debido a las irregularidades de planitud y de nivelación de los forjados.

Lo que está establecido en norma es que la altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo debe ser igual a la altura de la hoja + 4 mm con una tolerancia de ± 2 mm. Es decir en el peor de los casos (o mejor según se mire) tendríamos la altura de la hoja + 4 mm + 2 mm, es decir la altura de la hoja + 6 mm.

Para la correcta maniobrabilidad de la hoja se necesitan como mínimo 2 mm (de los 6 mm totales) entre el canto superior de la hoja y el galce del cerco, con lo cual quedan solamente 4 mm entre el canto inferior de la hoja y el suelo (holgura inferior) y eso no es mucho y es difícil de cumplir. Con frecuencia se observan puertas colocadas con holguras inferiores de 8 a 10 mm y mayores. Si este es el caso de vuestra empresa entonces tenéis un problema.

Si (por ejemplo) abajo tiene 5 mm o mas es imposible que cumpla con lo que dice la norma, porque tendríamos 5 abajo + 2 arriba = 7 mm… o sea FUERA DE NORMA.


jueves, 1 de junio de 2023

¿Una puerta aligerada se considera una puerta hueca o maciza?

PREGUNTA. 

Buenos días. Somos una carpintería. Estamos con un proyecto de un chalet y tenemos una duda nos gustaría saber si una puerta modelo aligerado (fabricada con tablero de 10 mm en MDF e interior de poliestireno expandido) se considera una puerta Hueca o puerta Maciza.

Entendemos que sería una puerta Maciza ya que su núcleo interior está relleno de poliestireno, ¿es así o estamos equivocados?


RESPUESTA.

Buenos Días. En relación con su consulta paso a comentarle los siguientes aspectos:

Una puerta con la estructura que vds definen, esta definida en la norma UNE 56801 “Unidad de hueco de puertas de madera. Terminología y definiciones como puerta plana de “alma llena” tal como se indica a continuación.

3.2.2 Alma llena: Es el alma de constitución homogénea que presenta una superficie continua en el plano de encolado de los paramentos. Puede ser de tableros derivados de la madera de distintos tipos (partículas, fibras etc.) o de otros materiales tales como espumas sintéticas. Un caso particular de las puertas de alma llena son las de alma enlistonada, constituida por tableros de madera maciza.

Respecto a si se puede considerar maciza, efectivamente aunque pueda parecer contradictorio lo es. Según el diccionario de la RAE macizo es todo aquello que es “lleno, sin huecos ni vanos, sólido”. En este sentido siempre que la estructura no tenga huecos interiores, es decir el alma este completamente ocupada por espuma de poliestireno se puede considerar maciza.