miércoles, 12 de julio de 2023

Holguras y "pasos de luz" en puertas de interior (de nuevo)

PREGUNTA.

Hola. Como sabéis, somos asociados vuestros y disponemos del sello de calidad de puertas. Un cliente nuestro dice que hay una norma que indica el paso de luz permitido por la unidad de hueco y que nos va a denunciar.

 Concretamente ya le hemos trasladado lo que nos pasasteis en un anterior informe. Concretamente las tolerancias que se marcan en la norma UNE 56802 (Unidad de hueco medidas y tolerancias)

  • La anchura del hueco entre galces del cerco será la correspondiente al ancho nominal de la hoja + 3 mm
  • La altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo será igual a la altura de la hoja + 4 mm
  • Sobre la anchura del hueco se admite una tolerancia de ± 1 mm y sobre la altura del hueco se admite una tolerancia de ± 2 mm

 Por ejemplo: si las medidas nominales de la hoja son de 2110 mm de anchura y 825 mm de anchura, las medidas del hueco deben ser:

  • Anchura= (825+3) ± 1 mm, es decir debe estar comprendida entre 827 y 829 mm
  • Altura = (2110+4) ± 2 mm, es decir debe estar comprendida entre 2112 y 2116 mm

Una vez montada la hoja NO hay establecida una tolerancia de la holgura entre testero inferior de la hoja y el suelo, ni entre el testero superior de la hoja y el cerco. Es decir, puede quedar 1 mm de holgura arriba y 3 abajo, 2 arriba y 2 abajo, o 3 mm arriba y 1 abajo, aunque lo normal lógicamente es dejar más holgura siempre que sea posible abajo.

¿Qué más podemos decirle?


RESPUESTA.

El concepto de “paso de luz” no existe en la normativa. Desconocemos si hay otro tipo de normativa donde se diga.

Lo que existe en nuestras normas es lo que está comentado en consultas enteriores y no hay más. No está establecida la holgura inferior ni la superior entre cerco y hoja, aunque lo normal es ajustar las puertas de forma que siempre quede algo más de holgura en el canto inferior que es donde más se necesita debido a las irregularidades de planitud y de nivelación de los forjados.

Lo que está establecido en norma es que la altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo debe ser igual a la altura de la hoja + 4 mm con una tolerancia de ± 2 mm. Es decir en el peor de los casos (o mejor según se mire) tendríamos la altura de la hoja + 4 mm + 2 mm, es decir la altura de la hoja + 6 mm.

Para la correcta maniobrabilidad de la hoja se necesitan como mínimo 2 mm (de los 6 mm totales) entre el canto superior de la hoja y el galce del cerco, con lo cual quedan solamente 4 mm entre el canto inferior de la hoja y el suelo (holgura inferior) y eso no es mucho y es difícil de cumplir. Con frecuencia se observan puertas colocadas con holguras inferiores de 8 a 10 mm y mayores. Si este es el caso de vuestra empresa entonces tenéis un problema.

Si (por ejemplo) abajo tiene 5 mm o mas es imposible que cumpla con lo que dice la norma, porque tendríamos 5 abajo + 2 arriba = 7 mm… o sea FUERA DE NORMA.


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