martes, 11 de julio de 2023



PREGUNTA.

Buenos días. Hemos recibido una tarima en obra, que viene sin marcado CE, y la documentación que adjuntan nos se corresponde con el etiquetado de las cajas. Me gustaría nos echaras una mano si es posible con vuestras recomendaciones.

RESPUESTA.

Buenas tardes. En cuanto al marcado CE decirte que es un requisito legal obligatorio según el Reglamento Europeo de los Productos de la Construcción. El Marcado CE consta del marcado físico sobre los paquetes y además un documento que se llama Declaración de Prestaciones, donde el fabricante declara los mínimos con respecto a cada una de las 7 propiedades que afectan a los suelos de madera y que están enumeradas en la norma UNE EN 14342 que es la norma del marcado CE de los parquets o suelos de madera.

En relación a la documentación es bastante extraño, pero sin saber exactamente en qué consiste no puedo calibrar el alcance del problema. Lo que si sería un problema importante es que el marcado de los paquetes no se correspondiera con su contenido (que a veces pasa). Si mandas más información quizas te pueda aclarar algo más.

NUEVA PREGUNTA.

¿Se podría realizar algún ensayo a la tarima para confirmar si cumple normativa, la calidad de los materiales y confirmación de si es apta para suelo radiante en instalación pegada?

NUEVA RESPUESTA.

Nosotros tenemos un Sello de Calidad para este producto (técnicamente parquet multicapa) en el que se hacen sistemáticamente una serie de ensayos bajo norma de ensayo y especificación europea y en algún caso (ensayo de impacto y de abrasión) con especificaciones propias de AITIM, que consideramos que son un estándar mínimo de calidad y que se deben comprometer a cumplir los fabricantes con Sello.

Los ensayos y/o comprobaciones que se realizan son:

  • Tolerancias dimensionales y especificaciones de geometría
  • Contenido de humedad
  • Resistencia a la abrasión del barniz
  • Resistencia al impacto
  • Resistencia a productos domésticos

Por si quieres ampliar información te adjunto el reglamento correspondiente que se puede descargar libremente de nuestra página web.

NUEVA PREGUNTA.

A mayores, nos hemos encontrado con algunos bordes de la tarima "astillados" o irregulares ¿Esto sería objeto de rechazo?

NUEVA RESPUESTA.

Desde luego cualquier tipo de astillado es inadmisible independientemente de donde se produzca. No hay un criterio normativo al respecto pero desde mi punto de vista puede ser objeto de rechazo de piezas individuales o dependiendo del grado en que se manifieste de la partida.

Respecto a lo que denominas bordes irregulares debería tener mayor información para poder pronunciarnos. Si tienes fotos en las que se visualice claramente estos defectos quizás pueda aportarte información más concreta.

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