jueves, 13 de julio de 2023

Marcado CE de tableros MDF procedentes de China



PREGUNTA.

Buenos días. Soy un almacenista-distribuidor de madera. Esto y en tratos para traer tablero MDF, sobre un certificado que nos ha enviado un proveedor de China.

Nos dicen que es para el marcado CE y no sabemos si sería válido para el mercado español. Te lo adjunto.


RESPUESTA.

Lo que se certifica aquí que es que el tablero cumple para distintos espesores la norma europea EN 13986 que es la que agrupa a las propiedades de todos los tipos de tableros para construcción. Por tanto, si el destino del tablero es cualquier tipo de uso de construcción debería cumplirla (es decir, el marcado CE), pero además de eso se necesita la declaración de prestaciones de cada tablero donde se detalla no solo el cumplimiento de la norma sino las propiedades una a una y sus clases y niveles declarados por el fabricante.

Por otra parte, la empresa certificadora no nos suena de absolutamente nada. Podría ser española, o bielorrusa o de Paraguay. No conocemos su prestigio, ni de su validez. Otra cosa sería que estuviera certificando AENOR o Bureau Veritas, o SGS o Det Norske Veritas etc, etc. es decir una empresa consolidada y con prestigio internacional en certificación.


miércoles, 12 de julio de 2023

Holguras y "pasos de luz" en puertas de interior (de nuevo)

PREGUNTA.

Hola. Como sabéis, somos asociados vuestros y disponemos del sello de calidad de puertas. Un cliente nuestro dice que hay una norma que indica el paso de luz permitido por la unidad de hueco y que nos va a denunciar.

 Concretamente ya le hemos trasladado lo que nos pasasteis en un anterior informe. Concretamente las tolerancias que se marcan en la norma UNE 56802 (Unidad de hueco medidas y tolerancias)

  • La anchura del hueco entre galces del cerco será la correspondiente al ancho nominal de la hoja + 3 mm
  • La altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo será igual a la altura de la hoja + 4 mm
  • Sobre la anchura del hueco se admite una tolerancia de ± 1 mm y sobre la altura del hueco se admite una tolerancia de ± 2 mm

 Por ejemplo: si las medidas nominales de la hoja son de 2110 mm de anchura y 825 mm de anchura, las medidas del hueco deben ser:

  • Anchura= (825+3) ± 1 mm, es decir debe estar comprendida entre 827 y 829 mm
  • Altura = (2110+4) ± 2 mm, es decir debe estar comprendida entre 2112 y 2116 mm

Una vez montada la hoja NO hay establecida una tolerancia de la holgura entre testero inferior de la hoja y el suelo, ni entre el testero superior de la hoja y el cerco. Es decir, puede quedar 1 mm de holgura arriba y 3 abajo, 2 arriba y 2 abajo, o 3 mm arriba y 1 abajo, aunque lo normal lógicamente es dejar más holgura siempre que sea posible abajo.

¿Qué más podemos decirle?


RESPUESTA.

El concepto de “paso de luz” no existe en la normativa. Desconocemos si hay otro tipo de normativa donde se diga.

Lo que existe en nuestras normas es lo que está comentado en consultas enteriores y no hay más. No está establecida la holgura inferior ni la superior entre cerco y hoja, aunque lo normal es ajustar las puertas de forma que siempre quede algo más de holgura en el canto inferior que es donde más se necesita debido a las irregularidades de planitud y de nivelación de los forjados.

Lo que está establecido en norma es que la altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo debe ser igual a la altura de la hoja + 4 mm con una tolerancia de ± 2 mm. Es decir en el peor de los casos (o mejor según se mire) tendríamos la altura de la hoja + 4 mm + 2 mm, es decir la altura de la hoja + 6 mm.

Para la correcta maniobrabilidad de la hoja se necesitan como mínimo 2 mm (de los 6 mm totales) entre el canto superior de la hoja y el galce del cerco, con lo cual quedan solamente 4 mm entre el canto inferior de la hoja y el suelo (holgura inferior) y eso no es mucho y es difícil de cumplir. Con frecuencia se observan puertas colocadas con holguras inferiores de 8 a 10 mm y mayores. Si este es el caso de vuestra empresa entonces tenéis un problema.

Si (por ejemplo) abajo tiene 5 mm o mas es imposible que cumpla con lo que dice la norma, porque tendríamos 5 abajo + 2 arriba = 7 mm… o sea FUERA DE NORMA.


martes, 11 de julio de 2023



PREGUNTA.

Buenos días. Hemos recibido una tarima en obra, que viene sin marcado CE, y la documentación que adjuntan nos se corresponde con el etiquetado de las cajas. Me gustaría nos echaras una mano si es posible con vuestras recomendaciones.

RESPUESTA.

Buenas tardes. En cuanto al marcado CE decirte que es un requisito legal obligatorio según el Reglamento Europeo de los Productos de la Construcción. El Marcado CE consta del marcado físico sobre los paquetes y además un documento que se llama Declaración de Prestaciones, donde el fabricante declara los mínimos con respecto a cada una de las 7 propiedades que afectan a los suelos de madera y que están enumeradas en la norma UNE EN 14342 que es la norma del marcado CE de los parquets o suelos de madera.

En relación a la documentación es bastante extraño, pero sin saber exactamente en qué consiste no puedo calibrar el alcance del problema. Lo que si sería un problema importante es que el marcado de los paquetes no se correspondiera con su contenido (que a veces pasa). Si mandas más información quizas te pueda aclarar algo más.

NUEVA PREGUNTA.

¿Se podría realizar algún ensayo a la tarima para confirmar si cumple normativa, la calidad de los materiales y confirmación de si es apta para suelo radiante en instalación pegada?

NUEVA RESPUESTA.

Nosotros tenemos un Sello de Calidad para este producto (técnicamente parquet multicapa) en el que se hacen sistemáticamente una serie de ensayos bajo norma de ensayo y especificación europea y en algún caso (ensayo de impacto y de abrasión) con especificaciones propias de AITIM, que consideramos que son un estándar mínimo de calidad y que se deben comprometer a cumplir los fabricantes con Sello.

Los ensayos y/o comprobaciones que se realizan son:

  • Tolerancias dimensionales y especificaciones de geometría
  • Contenido de humedad
  • Resistencia a la abrasión del barniz
  • Resistencia al impacto
  • Resistencia a productos domésticos

Por si quieres ampliar información te adjunto el reglamento correspondiente que se puede descargar libremente de nuestra página web.

NUEVA PREGUNTA.

A mayores, nos hemos encontrado con algunos bordes de la tarima "astillados" o irregulares ¿Esto sería objeto de rechazo?

NUEVA RESPUESTA.

Desde luego cualquier tipo de astillado es inadmisible independientemente de donde se produzca. No hay un criterio normativo al respecto pero desde mi punto de vista puede ser objeto de rechazo de piezas individuales o dependiendo del grado en que se manifieste de la partida.

Respecto a lo que denominas bordes irregulares debería tener mayor información para poder pronunciarnos. Si tienes fotos en las que se visualice claramente estos defectos quizás pueda aportarte información más concreta.

lunes, 3 de julio de 2023

Tirante de madera laminada o microlaminada

PREGUNTA.

Hola, escribimos de un estudio de arquitectura y diseño. Tenemos una rehabilitación de casa antigua en Navarra. Por condicionantes del proyecto el tirante lo vamos a sustituir por dos piezas paralelas.

Tenemos un precálculo con madera microlaminada GL75

Y el cliente tiene acceso a madera de alerce. Hemos visto que puede ser C24, pero tampoco estamos seguros.

Queremos saber la capacidad portante de un tipo de madera y de otro, para ver la posibilidad de utilizar un tipo u otro, y si es posible.

Vemos diferentes listados en internet pero no nos dan garantías de hacer una comparativa en condiciones.


RESPUESTA.

Ustedes no hablan de madera laminada sino “microlaminada” es decir LVL que tiene unas propiedades mucho mayores. De todas formas,

La clase GL 75 no existe ni para madera laminada ni microlaminada (¿puede ser un error?). No sería aplicable al LVL. No hay equivalencias entre clases C y clases GL.

En el LVL los valores de resistencia los tiene que declarar el fabricante y aportar la documentación correspondiente.  

Si como dicen tienen acceso a C24 tienen que consultar los valores de resistencia que correspondan a dicha clase en la norma EN 338.

Por supuesto todas las normas las tienen que adquirir en AENOR.