PREGUNTA.
Hola. Como sabéis, somos asociados vuestros y disponemos del sello de calidad de puertas. Un cliente nuestro dice que hay una norma que
indica el paso de luz permitido por la unidad de hueco y que nos va a denunciar.
Concretamente ya le hemos trasladado lo que nos pasasteis en un anterior informe. Concretamente las
tolerancias que se marcan en la norma UNE 56802 (Unidad de hueco medidas y
tolerancias)
- La anchura del hueco
entre galces del cerco será la correspondiente al ancho nominal de la hoja
+ 3 mm
- La altura del hueco
entre el galce superior del cerco y el suelo será igual a la altura de la
hoja + 4 mm
- Sobre la anchura del
hueco se admite una tolerancia de ± 1 mm y sobre la altura del hueco se
admite una tolerancia de ± 2 mm
Por ejemplo: si las medidas
nominales de la hoja son de 2110 mm de anchura y 825 mm de anchura, las medidas
del hueco deben ser:
- Anchura= (825+3) ± 1 mm,
es decir debe estar comprendida entre 827 y 829 mm
- Altura = (2110+4) ± 2
mm, es decir debe estar comprendida entre 2112 y 2116 mm
Una vez montada la hoja NO
hay establecida una tolerancia de la holgura entre testero inferior de la hoja
y el suelo, ni entre el testero superior de la hoja y el cerco. Es decir, puede
quedar 1 mm de holgura arriba y 3 abajo, 2 arriba y 2 abajo, o 3 mm arriba y 1
abajo, aunque lo normal lógicamente es dejar más holgura siempre que sea
posible abajo.
¿Qué más podemos decirle?
RESPUESTA.
El concepto de “paso de luz” no existe en la normativa. Desconocemos si hay otro tipo de
normativa donde se diga.
Lo que existe en nuestras normas es lo que está comentado en
consultas enteriores y no hay más. No está
establecida la holgura inferior ni la superior entre cerco y hoja, aunque lo
normal es ajustar las puertas de forma que siempre quede algo más de holgura en
el canto inferior que es donde más se necesita debido a las irregularidades de
planitud y de nivelación de los forjados.
Lo que está establecido en norma es que la
altura del hueco entre el galce superior del cerco y el suelo debe ser igual a
la altura de la hoja + 4 mm con una tolerancia de ± 2 mm. Es decir en el peor
de los casos (o mejor según se mire) tendríamos la altura de la hoja + 4 mm + 2
mm, es decir la altura de la hoja + 6 mm.
Para la correcta maniobrabilidad de la hoja se necesitan
como mínimo 2 mm (de los 6 mm totales) entre el canto superior de la hoja y el
galce del cerco, con lo cual quedan solamente 4 mm entre el canto inferior de
la hoja y el suelo (holgura inferior) y eso no es mucho y es difícil de
cumplir. Con frecuencia se observan puertas colocadas con holguras
inferiores de 8 a 10 mm y mayores. Si este es el caso de vuestra empresa entonces tenéis un problema.
Si (por ejemplo) abajo tiene 5 mm o mas es imposible que
cumpla con lo que dice la norma, porque tendríamos 5 abajo + 2 arriba = 7 mm… o
sea FUERA DE NORMA.