PREGUNTA.
Soy un particular. He construido en una finca propia un
vallado utilizando antiguas traviesas de tren. Aunque había consultado la
directiva sobre el tratamiento con sustancias como la creosota, un vecino ha
denunciado y el ayuntamiento ha estimado conveniente la retirada de las
traviesas, por precaución.
Estoy buscando algún modo de argumentar que, si bien la madera contiene esa sustancia, no hay peligro para la salud pública, puesto que no se trata de un parque o jardín donde pudiera haber contacto frecuente con la piel , etc, etc (cuestiones indicadas en la directiva que arriba menciono).
Lo único que se me ha ocurrido es buscar alguna empresa que pudiera realizar una peritación apropiada, pero la verdad es que no he encontrado aún nada en este sentido.
Me dirijo a vosotros por si pudierais indicarme alguna empresa de este tipo o alguna otra posible vía de solución, frente a la preocupación de ese vecino y ese ayuntamiento.
RESPUESTA.
Ese tipo de utilización de las traviesas no está
prohibido. Le podemos ofertar realizar un dictamen que recoja lo que dice
la legislación actual sobre este asunto y que aclare que en ese tipo de
utilizaciones agrícolas no esta prohibido y que además la práctica y tradición
de utilización de traviesas en vallados agrícolas o incluso en elementos de jardinería está ampliamente extendida sin que hasta el momento
(que sepamos) haya causado trastornos medioambientales o de salud de ningún tipo.
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