martes, 16 de septiembre de 2008

Criterios de aceptación o rechazo de madera aserrada de coníferas

PREGUNTA
Soy arquitecto y por motivos profesionales me interesaría conocer la normativa actualmente en vigor que permita aceptar o rechazar en obra la madera aserrada (conÍferas) tanto para uso estructural como para uso decorativo.


RESPUESTA
Para uso decorativo actualmente esta vigente el marcado CE de frisos y entablados de madera (revestimientos verticales) de acuerdo con UNE-EN 14915:2007.
Para madera aserrada de uso estructural en principio es inminente la entrada en vigor del marcado CE de acuerdo con UNE EN 14081-1, este mes, aunque es posible que aplacen su implantación obligatoria un año más. En cualquier caso existen empresas que ya disponen de él.
Además de los marcados obligatorios, especialmente para productos estructurales y también en relación con tratamientos protectores creemos que es muy importante que los materiales dispongan de sellos de calidad voluntarios que certifiquen el seguimiento por un organismo independiente (CTBA, AITIM, FMPA, etc.), mediante inspección de las fábricas y ensayo de productos.
En este sentido le recomendamos que:
Para la madera laminada encolada, duos-trios y tableros contralaminados: solicite que la fábrica disponga de sello de control sobre el encolado (Sello Acerbois Glulam, AITIM, FMPA u otros).
Le adjunto un enlace para que pueda consultar el reglamento del sello AITIM: http://infomadera.net/sellos/sello/324
Para la madera aserrada estructural (maciza): solicite que el aserradero disponga de sello de control sobre la clasificación y suministro (Sello AITIM, CTBA, KOMO u otros)
http://infomadera.net/sellos/sello/330. Varias empresas con sello AITIM disponen de marcado CE ya concedido y otras en implantación.
Para la madera tratada en autoclave para clases de riesgo superiores a 2: solicite que la planta de tratamiento tenga sello de control externo de calidad (CTBA, AITIM u otros).
http://infomadera.net/sellos/sello/326

No hay comentarios:

Publicar un comentario