miércoles, 4 de julio de 2007

Casa canadiense a la que se requieren certificaciones

PREGUNTA
Quebec Wood Export me dio su referencias para resolver un tema que tengo aqui en España sobre el seguro decenal.
Construí una obra nueva con todo el material en forma de kit. Provenía de Quebec, Canada, de la fábrica Maison Laprise (www.maisonlaprise.com).
La casa está acabada y con varios certificados de la OCT para poder tener el seguro decenal. El problema es que me piden cada día nuevos certificados como por ejemplo: de dónde proviene la madera y el tratamiento. Les he entregado el certificado fitosanitario de Canada y para ellos no es suficiente.

RESPUESTA
Como sabe, los requisitos exigibles a una vivienda, sea de madera o de otro material, son al menos los propios de la normativa nacional del país en el que se vaya a construir la misma. Esto quiere decir que al igual que a una casa con concepción, materiales y sistema de fabricación originados en España que necesitase ser instalada en Canadá debería cumplir la legislación canadiense (cálculo de la estructura, certificación de los materiales, aislamiento térmico, etc.) una casa con sistema y materiales canadienses debe cumplir la legislación española al ser construida en España.
Dicho esto paso a indicarle de forma breve los principales requisitos mínimos que debe cumplir una vivienda de madera en España:
Si la casa es un sistema kit y procede de fuera de España el fabricante podría aportar voluntariamente el Marcado CE (según ETAG 007 - entramado- o ETAG 012 - troncos-). No es el caso porque dicha empresa no figura en los listados de la EOTA. (veáse definición de kit en ETAG 007. Puede descargarse este documento en www.eota.be a través del apartado "Endorsed ETAGs)
Según la obligatoriedad establecida para ciertos productos de construcción de ostentar marcado CE, muchos componentes como son: tableros estructurales, viguetas y pilares compuestos deberían disponer de marcado CE. 
Por otro lado la madera aserrada estructural debería haber sido clasificada para uso estructural. En este sentido en la norma UNE EN 1912 figura un reconocimiento de las calidades más frecuentes en Canadá y EEUU y asignación de clase resistente europea y existen otros reconocimientos que se pueden conseguir. Como ve este tema es complicado.
Finalmente la estructura debe estar justificada con una norma de cálculo aceptada como referencia en Europa y específicamente en España. Para Europa es Eurocódigo 5 (EN 1995-1-1 y EN 1995-1-2) o DB SEM junto a DB SI (estas últimas a disposición del público de forma gratuita en www.codigotecnico.org). Sin embargo el arquitecto firmante del proyecto en España puede aceptar otro cálculo que le asegure suficiente fiabilidad (cumplimiento prestacional).
En cuanto a la durabilidad de la madera el DB SEM toma como referencia la normativa europea vigente y en el apartado 3 del documento SEM especifica las necesidades de protección en función de la clase de riesgo a la que esté sometida la estructura. Ahí es donde puede producirse ese conflicto de certificaciones.
Finalmente el resto de propiedades exigibles a una vivienda: reacción al fuego de ciertos materiales (DB SI), aislamiento térmico y permeabilidad al vapor o al agua (DB HE), etc., deben cumplir las exigencias establecidas en los diversos documentos del código técnico de la edificación en función del caso concreto. Esto queda fácilmente reflejado en el proyecto redactado por el arquitecto español.
El mayor problema, como ve, es el de los materiales. Ahí el OCT tiene la última palabra.

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