miércoles, 18 de mayo de 2016

Son obligatorias las normas UNE? ¿Y las de parqué?

El debate sobre la obligatoriedad o no en el cumplimiento de las normas UNE es bien simple y se pude zanjar con una sencilla frase: “Las normas UNE NO son documentos de cumplimiento obligatorio”. Ahora bien, como en todo tema de debate en esta vida existen los claroscuros y los medios tonos, las cosas no suelen ser (normalmente) ni negras ni blancas y la cuestión de la obligatoriedad de las normas UNE tiene también sus matices.

En primer lugar hay que decir que las normas UNE bien sean solo nacionales (como ocurre por ejemplo con las de instalación de parquet de interior o de tarima exterior) o bien sean normas europeas (casi todas las demás normas UNE de parquet) son documentos obtenidos por consenso, generalmente elaborados por un grupo de expertos (llamados comités de normalización) en el que se supone que están representados (o deberían estarlo) todos los agentes implicados alrededor de un producto o servicio (entidades de normalización, administración, fabricantes, instaladores, distribuidores, laboratorios, organizaciones de consumidores, asociaciones gremiales, centros de investigación etc.). Desgraciadamente no siempre están representadas todas estas partes y eso hace que a veces la redacción final de un documento pueda quedar “sesgada” en mayor o menor medida por los intereses de uno o más de estos grupos. Por tanto se supone que una norma debería recoger el conocimiento técnico o científico más actualizado existente sobre un determinado aspecto en particular.

En segundo lugar son documentos sometidos a un procedimiento de información pública a través de los canales oficiales, que son a nivel nacional el Boletín Oficial del Estado (BOE) o a nivel europeo el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Durante este procedimiento de información pública los organismos de normalización están obligados a poner a disposición de cualquier persona física o jurídica que así lo solicite el texto de la norma, para que se puedan plantear las observaciones que se consideren oportunas. Y dichas observaciones (salvo que sean disparatadas) tienen que ser estudiadas y recopiladas por el secretario del comité o grupo de trabajo que este desarrollando la norma y tienen que ser contestadas, es decir tiene que responderse en sentido de aceptación o de rechazo (con las justificaciones que procedan) a la entidad o persona que las ha planteado.

Además de lo anterior hay que decir que en todas las fases de redacción de una norma hay que cumplir un protocolo estricto y unas “reglas de juego” que establecen los organismos de normalización (en el caso de España AENOR) y que son muy parecidas entre las entidades de normalización de los distintos países. Durante todo el desarrollo de la norma y hasta su publicación, las actividades del comité o grupo de trabajo son “estrechamente” vigiladas por técnicos del organismo de normalización que corresponda, precisamente para asegurar que se respetan las reglas y que no se producen situaciones de “abuso”, de sobrerepresentación u otras de las que se pudiera derivar una redacción imparcial o incorrecta.

Por todo lo anterior resulta evidente que las normas UNE a falta de otros documentos que regulen una materia en particular, se toman como referencias por las empresas en su actividad, por los agentes de la construcción (empresas promotoras, constructoras, arquitectos y aparejadores) y en última instancia por los tribunales de arbitraje y por los jueces.

Pero es que además existe la posibilidad de que una norma UNE pueda  ser efectivamente de cumplimiento obligatorio y es el caso de las normas que son citadas como referencia en documentos de mayor rango (Documentos Básicos, Reglamentos). Cuando una norma UNE es citada en uno de estos documentos como soporte de una especificación o requisito determinado que debe cumplirse obligatoriamente, pasa a ser a su vez una norma de cumplimiento obligatorio.

En el ámbito del parquet tenemos dos ejemplos muy claros de esta situación.

El primero de ellos lo tenemos a través del Reglamento Europeo de Productos de la Construcción (Reglamento Nº 305/2011, de 9 de marzo de 2011). Este reglamento de cumplimiento obligatorio establece (entre otros muchos aspectos) las condiciones para el marcado CE de los productos que se incorporan de forma permanente a la construcción y que están afectados por uno o más  de los siete requisitos básicos  que se fijan en el Anexo 1 del reglamento.

El parquet es un producto que se incorpora de forma permanente a la construcción y está afectado por varios de los siete requisitos (ahorro de energía y aislamiento térmico, seguridad en caso de incendio, higiene salud y medioambiente, seguridad de utilización, protección con el ruido, y utilización sostenible de los recursos naturales).

Pues bien la norma UNE-EN 14342 “Revestimientos de suelo de madera. Características, evaluación de conformidad y marcado” establece entre otros aspectos las condiciones en que se debe realizar el Marcado CE de los distintos tipos de parquets así como otros aspectos relacionados como el contenido y esquema de las Declaraciones de Conformidad, el Sistema de evaluación de conformidad aplicable etc. Es por tanto una norma de cumplimiento obligatorio

Otro ejemplo lo tenemos en el caso de la resbaladicidad. El Código Técnico de la Edificación (documento que es un desarrollo de la Ley de Ordenación de la Edificación y por tanto de cumplimiento obligatorio) está integrado por un conjunto de documentos básicos relativos a distintos aspectos que deben cumplir las obras de edificación. Entre estos documentos básicos está el DB-SU (documento Básico Seguridad de Uso) y dentro de este, en el apartado SU-1 Seguridad frente al riesgo de caídas se establecen distintas clases de resbaladicidad de los revestimientos de suelo que afectan también al parquet. Pues bien, la norma de ensayo referida  en el DB SU-1 (ensayo del péndulo Charpy según l UNE-ENV 12633) pasa de esta forma a convertirse en una norma de cumplimiento obligatorio.

Vemos por tanto que bien sea por la vía indirecta es decir por su carácter de documentos consensuados, públicos y redactados bajo unas condiciones muy determinadas, o bien por la vía directa (citados el Leyes y Reglamentos ) las normas UNE de parquet (así como las de otros muchos productos de construcción) pueden llegar a considerarse (o se consideran de hecho) como documentos de obligado cumplimiento.


martes, 17 de mayo de 2016

Cuál es el grosor adecuado en las puertas de madera de interior

PREGUNTA
Estamos realizando una obra pequeñísima de 7 viviendas. La constructora ha contratado con nosotros (la carpintería) puertas de 35 mm de grosor. Hemos llevado 1 puerta de muestra a la obra . Al ver la puerta la propiedad ha dicho que la puerta esta muy bien, pero que en otra obra han puesto puertas de 40 mm y que las quieren así. El problema, es que las puertas las tengo en mi carpintería. Por todo esto, la constructora me pide, que de alguna manera justifiquemos que la mayoría de las puertas que se ponen en las viviendas son de 35 mm y que de otros grosores se fabrican, pero no son estándar.  En la memoria de la obra y los planos, no especifica el grosor de la puerta, por lo que si hacemos un escrito explicativo, lo tienen fácil para convencer que pongan las puertas de 35 mm.

RESPUESTA
En relación a su  consulta la norma UNE 56802 indica las dimensiones de las hojas de puertas de interior que se pueden utilizar, que te incluyo a continuación.
Lo único que se podría decir es que la hoja de puerta más utilizada, de entre las que menciona la normativa, es la de 2030 x 725 x 35 
mm

lunes, 9 de mayo de 2016

¿La norma de instalación de parquet es solo para productos macizos?

PREGUNTA.

Tengo una duda en relación a la norma 56810 de colocación de suelos de parqué ¿Esta norma es únicamente para pavimentos macizos verdad? No se incluyen en ellas los elementos multicapa, por ejemplo. Es que me entra la duda ya que en su punto 6.3 Contenido de humedad del parquet, se habla de humedades 7-9 que entiendo que es para macizo, pero se cita en la nota los multicapas.

RESPUESTA.

No. La norma UNE 56810 aplica a todo tipo de parquets de interior y por supuesto también al multicapa. Este ultimo según la normativa europea puede tener una humedad comprendida entre el 5 % y el 9 %.

Cuando se redactó por última vez la norma UNE 56810 nos pareció que el 5 % y el 6 % eran  grados de sequedad enormes (e incomprensibles ¿?) que podían dar lugar a problemas de comportamiento posterior. Por eso decidimos que a nivel nacional sería conveniente establecer una especificación más realista del 7 % (cumpliendo la normativa europea). De hecho todos los fabricantes nacionales (y casi todos los extranjeros) fabrican el multicapa en el entorno del 7/8 % de contenido de humedad.

Nunca hemos entendido de donde sale esa recomendación europea de contenidos de humedad por debajo del 7 %. Si en España con la obra tan “húmeda” que hacemos y los tiempos que se pasan las viviendas nuevas cerradas hasta su entrega, se colocara (cualquier tipo de parquet) al 5 %, reventarían todas las instalaciones por la hinchazón posterior.


jueves, 28 de abril de 2016

Tarima que empieza a abrirse

PREGUNTA.

En el transcurso de una obra ITE, en el casco antiguo de Madrid realizada por la comunidad de vecinos para solventar los problemas que afectaban a diferentes forjados de la casa, se hizo necesario levantar el solado de tarima de mi vivienda.  Una vez resuelto el problema estructural, se volvió a solar la vivienda con una tarima similar a la original. Pero con el paso del tiempo, 18 meses aproximadamente desde su colocación, en la nueva tarima han empezado a separarse las tablas con separaciones muy grandes (hasta 7 mm en algún caso) que afectan mucho el resultado final. La pregunta es ¿Puede AITIM hacer un estudio de las causas que han originado las alteraciones en la tarima?

RESPUESTA.

Buenos Días. Con toda probabilidad le han instalado el parquet con un contenido de humedad superior al que se debe tener para colocar en una vivienda calefactada o acondicionada. AITIM realiza peritajes sobre estos asuntos y similares.


lunes, 18 de abril de 2016

Resbaladicidad variable en una cancha de baloncesto

PREGUNTA.

Buenos delegada comercial de un fabricante de tarimas de madera maciza. Me pongo en contacto con  para una consulta o me pusiera en contacto con quien considere conocedor de su respuesta.

Recientemente hemos hecho una instalación deportiva con nuestra madera maciza. Disponemos de todos los certificados EN 14904 (Superficies deportivas de uso interior), marcado CE, FIBA,… En esta instalación en concreto, la propiedad ha realizado ensayos de fricción “in situ” y el resultado obtenido ha sido muy disperso. Con disperso me refiero a que se han obtenido datos de fricción desde 60 y hasta 140, cuando la norma considera apto valores comprendidos entre 80-110, con una uniformidad de +/-4 puntos. No somos capaces de encontrar la causa por la cual un producto como el nuestro, de fabricación industrial, y con aplicación de barniz con máquina, puede dar resultados tan dispares.

Nos hemos puesto en contacto con diferentes laboratorios de ensayo, para tratar de entender la situación, y nos han dicho que el método de ensayo utilizado en la norma EN 14904, ensayo del péndulo, es un ensayo muy variable. Es un ensayo que parte de la medición de la fricción en carreteras, en húmedo, y que puede que para ensayos en seco, no sea la mejor opción. Puede que realizar ensayos en laboratorio sujetos a esta norma sea válido, pero no tanto cuando se realizan “in situ”. Muchos factores pueden hacer variar este comportamiento. Nuestro técnico en el país de origen de fabricación  vino a la obra y realizó ensayos de comprobación con otra máquina y en base a la norma alemana DIN 18032. Con este ensayo comprobamos que no existe ningún defecto en la fabricación de la tarima y que su fricción es la correcta. Pero a la propiedad no le vale esta comprobación.

¿Tiene alguna experiencia previa en este campo? ¿Conoce alguna instalación deportiva en la que se haya realizado este ensayo “in situ” con resultados parecidos a los que le expongo? ¿Es posible que el error se deba a la metodología de ensayo o a algún error humano en la ejecución?

RESPUESTA.

La verdad que no tengo experiencia en el tema de resbaladicidad en superficies deportivas. Desconozco el método aplicado, aunque el Péndulo Charpy supongo que será el mismo que para el resto de pavimentos.

Respecto a Parquets barnizados de interior la norma de ensayo es diferente. En España se aplica mayoritariamente  la UNE-ENV 12633 es la que está indicada en el Código Técnico de la Edificación y que es por así decirlo el requisito legal que debe cumplirse en obra residencial pública, pero que no es aplicable a las superficies deportivas. Esta norma utiliza un método en mojado aunque contempla también la posibilidad de hacerlo en seco. También la clasificación resultante (en grados) es diferente y muy inferior a los valores que comentas.

Si como dices has hablado con varios laboratorios supongo que ya lo habrás hecho con los del IBV  que son los que más experiencia tienen en España en ensayos de superficies deportivas. En fin, siento no poder aportarte más.


¿Es desaconsejable alternar capas de barniz de distintos fabricantes?

PREGUNTA  A UN FABRICANTE DE BARNIZ.

Hola. Me ha llamado un instalador para pedirme opinión sobre un problema de barnizado que ha tenido con un producto vuestro.

Yo de entrada le he adelantado que nosotros no somos un laboratorio de barnices y que son problemas complejos que no podemos resolver.

El asunto es que ha barnizado un nogal macizo de una vivienda de lujo con dos manos de urea y acabado de poliuretano de dos componentes (mezcla 1:1). El acabado de poliuretano es el producto vuestro y la urea es de otro fabricante. Al comentarle sobre la posible incompatibilidad de fabricantes de distintos productos me dice que lleva haciéndolo desde hace mucho tiempo así y que nunca había tenido este problema.

Le han salido las burbujas que se observan en las fotos y dice que es generalizado en toda la vivienda (en habitaciones en distintas alturas y orientaciones).

¿tienes alguna opinión al respecto? 

RESPUESTA DEL FABRICANTE DE BARNIZ.

Hola. No se deben mezclar capas de diferentes fabricantes ya que los fabricantes pueden cambiar alguno de los productos que intervienen en sus formulaciones y ser compatibles con sus acabados, pero no con los de otros fabricantes.

Descarto completamente el barniz, ya que fabricamos partidas de 2.000 lts de A y 2.000 lts de B de Poliuretano, y no hemos tenido ni la más minima incidencia. Posiblemente éste profesional tenga un resto ó otro equipo con las mismas referencias que podemos comprobar.

Estas burbujas pueden producirse por numerosas circunstancias:

  • Acumulación de capas
  • No dejar secar bien la capa anterior
  • Cargar demasiado las capas
  • Alta temperatura ambiental que no facilite el autonivelado.
  • Y fundamentalmente limpieza de herramientas y ambiente libre de polvo.

En la segunda foto, las burbujas ó granitos de suciedad están lijados y no se sabe a que capa corresponde éste lijado si a la de urea ó poliuretano. Posiblemente el defecto le viene de la capa anterior a la de poliuretano, por mal lijada ó demasiado tierna.

Nuestra responsabilidad está en la calidad del producto y no en la aplicación, conservamos durante un año una muestra de todos los lotes que fabricamos de manera que si un cliente nos dice las referencias de A y B en 24 horas hacemos las comprobaciones oportunas e incluso reproducimos el sistema de barnizado del profesional, claro siempre que las 3 capas sean de nuestro producto.

Tenemos "en la calle" a 2 técnicos comerciales para ver cualquier trabajo de nuestros clientes, siempre que sean  nuestros productos los utilizados en  todo el proceso.

Puedes utilizar sin problema el texto para contestar a éste profesional.

RESPUESTA AL CONSULTANTE INCIAL.

Buenos Días. He hablado con un técnico de la casa fabricante del barniz de poliuretano que vd aplicó como acabado y esta es la respuesta que me aporta. En principio la casa declina toda responsabilidad al mezclarse productos de distintos fabricantes.

Lamento no poder aportarle más información, pero como le anticipé los problemas de barnizado son muy complejos y una vez que se producen es muy dificil para un observador externo sacar conclusiones.

Personalmente  NO creo que esto se deba a incompatibilidad de productos, sino más bien a un problema de aplicación o de condiciones ambientales adversas (humedad o sequedad excesivas, corrientes de aire), mala homogenización del producto en el momento de mezclarlo o bien burbujas de aire encerradas en la mezcla de los dos componentes

viernes, 15 de abril de 2016

¿Cómo aislar con el parquet de ruidos del vecino de abajo?

PREGUNTA.

Quisiera saber si existe un grosor máximo de subcapa para poner debajo del parquet (tarima flotante), así como una densidad (kilogramos por metro cúbico) sin que afecte al montaje del parquet mismo, puesto que, debido a un leve problema de inmisión de ruido del vecino de abajo, quisiera aislar al máximo tal ruido, hecho por el que me han recomendado que ponga una lámina de corcho de 10 milímetros, y un foam fino.

Me dice el montador que hay polietilenos de 10 milímetros, así como corchos del mismo grosor, de unos 170 kg/m3.

Si existen materiales que puedan servirme a tal propósito, les agradecería la información solicitada, así como donde poder adquirirlos.

RESPUESTA.

Buenos días. En la normativa española no está limitado el grosor de subcapa para parquet flotante, ni sus características. Actualmente se está redactando una norma europea (CEN/TS 16354) que en su día será también norma española sobre subcapas para suelos laminados flotantes, pero todavía esta en fase de proyecto. En todo caso esa norma se refiere a las características mínimas que tienen que tener las subcapas y los ensayos a los que se deben someter y no indica nada sobre el aislamiento acústico que pueden aportar.

Existen muy diversos materiales para colocar como subcapas que aíslan mucho térmica y acústicamente. El corcho aglomerado por ejemplo se comercializa en rollos con grosores de 3 a 6 mm. En losetas lo hay en grosores mayores pero desconozco si se puede utilizar como subcapa.

La combinación que Vd. comenta (corcho 10 mm + foam de 2/3 mm reduciría considerablemente el nivel de ruido aéreo (no se si tanto el ruido de impacto que es el más crítico cuando se trata de locales superpuestos).

Lo que si se recomienda es que no se pongan materiales flexibles excesivamente gruesos porque se pueden romper las juntas entre lamas al caminar sobre la instalación. Por ejemplo está desaconsejado instalar parquet flotante o suelo laminado sobre moquetas de más de 4/5 mm de espesor

Existe un gran diversidad de materiales flexibles y materiales más o menos rígidos que se utilizan como subcapas.  Las casa Mapei y Sika, por ponerle solo unos ejemplos, disponen de sistemas de instalación y productos para parquet y suelo laminado para mejorar el aislamiento acústico.

En todo caso le insisto en que la combinación que le ha sugerido su instalador es excelente para reducir el ruido de impacto y dudo mucho que haya en el mercado productos aislados y/o sistemas que puedan mejorar esa combinación.

NUEVA PREGUNTA.

Muchas gracias. La opción del corcho no acaba de convencerme por el grosor (implica 10 mm de grosor me comentan, y desconozco sus cualidades como tal; aun así, entiendo que para las vibraciones y el ruido por impacto (que entiendo es el que origina el vecino) quizás funcionara.

Un suministrador de la casa Texsa me dió esta opción: "una primera capa de espuma de polietileno tipo Texsilen y la lámina insonorizante Tecsound 70 ... se debe instalar primero la capa de Texsilen o Texfon y después el Tecsound . El aislamiento a ruido aéreo trabaja mejor separado del elemento estructural y de más peso""

Me gustaría, si fuera tan amable, que me recomendara acerca de tal solución, bien si hay alguna otra que me permitiera más adelante, si tubiera que insonorizar el dormitorio, no tener que volver a actuar sobre el suelo, bien levantar el parquet.

Muchas gracias de nuevo por su tiempo y paciencia, entiendo disculpe mi falta de conocimiento, amén de que la casuística no es común, y las soluciones sin realizar un estudio previo no dejan de ser aproximadas.

Si tiene alguna recomendación acerca de la propuesta, materiales y demás, se lo agradecería.

NUEVA RESPUESTA.

Buenos Días. La solución en particular que me comenta no la conozco, pero debe tener en cuenta que hay infinidad de productos de aislamiento térmico y acústico en el mercado. En principio debería ser el fabricante del producto el que le aporte el valor de mejora de aislamiento acústico a ruido de impacto de sus productos, junto con la ficha técnica y la forma de instalarlo.

En España por Ley (CTE) el valor de aislamiento acústico a ruido de impacto del conjunto del forjado de una vivienda (con todos sus elementos + más el aislamiento de los materiales de revestimiento) debería ser de 65 dB.

Respecto a posibles productos ya le indicaba en mi correo anterior que las casas Sika y Mapei disponen de productos que mejoran el aislamiento acústico a ruido de impacto. Otras casas especializadas son Isover, Rockwool tanto para colocar bajo un recrecido (solera) como para colocar directamente bajo el suelo flotante.